¿De qué depende la cuantía de la indemnización?
La indemnización se compone básicamente del importe correspondiente a las lesiones sufridas (días de curación y posibles secuelas), el correspondiente a los daños materiales sufridos por el vehículo y otro tipo de daños (objetos personales dañados en el accidente, ganancias dejadas de percibir, paralización de vehículos, gastos de transporte, etc.).
¿Qué plazo existe para reclamar una indemnización?
El plazo para reclamar la indemnización en caso de un accidente de tráfico es de UN AÑO, en la vía civil. Es un plazo de prescripción y no de caducidad, lo que quiere decir que se interrumpe y vuelve a empezar de cero con cualquier reclamación extrajudicial de la que quede constancia (email, fax, SMS, wasap).
Los casos más graves pueden ser constitutivos de delito y pueden ser reclamados por la vía penal que tiene otros plazos. No obstante, en principio no es aconsejable esta vía. Si bien hay casos en la que se inicia de oficio sin necesidad de denuncia de la víctima perjudicada.
¿Tengo derecho a indemnización si no trabajo?
El derecho a ser indemnizado nace desde el momento en que se tiene un accidente y no se es responsable. Con independencia de que la víctima se encuentre en ese momento trabajando, ya sea por cuenta ajena o en régimen de autónomos, o esté en situación de desempleo.
¿A qué médico debo acudir en caso de accidente?
Para recibir la primera asistencia tras un accidente es aconsejable, por cercanía y disponibilidad, acudir al servicio de urgencias de cualquier centro público de salud. Si el accidente se ha producido desplazándote hacia el trabajo, saliendo del mismo o en horario laboral, el médico que debe atenderte, tras la primera asistencia en urgencias, es el de tu mutua laboral.
En el resto de supuestos, la atención médica puede ser prestada por el médico de la seguridad social, seguro privado de salud o servicios médicos de las compañías aseguradoras.